martes, 31 de enero de 2012

HONDURAS: Policías ejecutan desalojo violento de campesinos de la CNTC en Tutule, La Paz

Fuente: www.defensoresenlinea.com / Lunes 30 de  Enero / Dina Meza

Tegucigalpa.

Varios bebés fueron tirados de sus camas, las mujeres embarazadas golpeadas, unos 13 campesinos detenidos y saqueo hasta de dinero, fue el resultado de un desalojo violento que policías llevaron a cabo el pasado jueves 26 de enero, en Tutule, La Paz, en le región Central del país, sin presentar ninguna orden de desalojo ni de allanamiento.




Eran las tres de la mañana cuando hombres de negro y encapuchados llegaron en patrullas policiales de la Preventiva de La Paz, dos camionetas de lujo también se unieron a la danza de la represión. Las puertas de las casas fueron echadas al piso y todo se volvió un caos. Los niños y niñas recién nacidos sufrieron serios vejámenes, fueron lanzados al piso sin ninguna consideración al igual que las mujeres embarazadas.

Quién ordenó esta barbarie?. Hace unos cuatro años que la Empresa Asociativa Campesina San Miguel para Progresar, afiliada a la Central Nacional de Trabajadores del Campo, CNTC, está ocupando unas 50 hectáreas para cultivos de subsistencia de unas 20 familias.


La tierra es reclamada por varios supuestos dueños, entre ellos políticos de mucha influencia que tienen a su mano al Ministerio Público, Jueces, policías y militares para hostigar y amenazar a las familias campesinas que tienen que luchar con los dientes para permanecer en una tierra que es propiedad del Estado.


El COFADEH recibió la denuncia de la detención de 13 campesinos, llevados por la fuerza, sin orden de detención hacia la Policía Preventiva de La Paz. Allá en las casas quedó todo en desorden y los cuerpos de infantes, mujeres y jóvenes en tremendos golpes. La incertidumbre se apoderó de las familias, pues no es la primera vez que pasan por esta situación de violencia.


Un equipo de abogados asumió la defensa y logró la libertad de los detenidos ya en la noche del 26 de enero. Ellos fueron acusados sin pruebas, por el delito de Usurpación. El Juzgado les dio medidas sustitutivas a la prisión preventiva y tienen que enfrentar otra audiencia posiblemente a finales del mes de febrero próximo, en total desventaja ante un sistema de justicia que responde a grupos de poder de la zona.


Franklin Almendrares, Secretario de Organización y Asistencia Legal de la CNTC, quien está a cargo de la defensa señaló que los policías llegaron sin ninguna orden de detención o de cateo, “tuvieron el descaro de tirar niños tiernos de las camas y golpearon a embarazadas, además de  llevarse a  13 campesinos detenidos. También saquearon las viviendas y se llevaron hasta dinero”.


Agregó que los uniformados  “llegaron como delincuentes a causar todo esto, y hemos denunciado y queremos respuesta porque no había ninguna orden”.


Almendrares denunció quelLa policía de La Paz responde a intereses personales de los supuestos dueños que con contacto a alto nivel de la Policía Preventiva , el ejército y políticos, se valen de esto para sembrar el terror en el sector.


El Secretario de Organización y Asistencia Legal  de la CNTC Cuando  señaló que sobre esta tierra se han hecho requerimientos a supuestos dueños y no han presentado documentos, “por lo general estas tierras son ejidales y otras de naturaleza nacional, entonces  mientras ellos no muestren los documentos que los acreditan como dueños nosotros seguiremos  tomando acciones”.


Almendrares  dijo que  están preparando acciones legales para desvanecer esta situación que no tiene fundamento, por lo que hacen un llamado a la comunidad nacional e internacional para que les respalden en su lucha.


También denunció que cuando los campesinos llegan al Ministerio Público  van  directo a una Audiencia de Imputado , lo que considera un abuso por parte de los fiscales, pues no tienen ninguna competencia.


“En este caso hubo mucho abuso y los campesinos fueron sorprendidos en la madrugada. Lo que existe es una confabulación tremenda entre policías, ejército, juzgados y Ministerio Público.  Allí hay muchas personas de mucho poder políticos, entre ellos los Suazo que han estado hostigando, a la par la policía se parcializa y aprovechan esa coyuntura”.


Asimismo señaló que hay una negligencia bárbara del Instituto Nacional Agrario,  INA,  que no ha resuelto los casos, “hay apatía de algunos funcionarios de allí pero también de la Municipalidad y del Registro de la Propiedad”.


Anunció que se avecinan nuevas acciones como tomas y otras, lo único que les queda para defender su derecho a la tierra en un clima de absoluta parcialidad a favor de los terratenientes.


Detalló que han habido unos 20 desalojos solamente en La Paz, prácticamente todo el sector de Tutule,  donde hay unas 12 a 15 empresas campesinas son similar situación.


Situación violenta Pacto Internacional


El  Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales forma parte del derecho interno de Honduras,  a través de Decreto Legislativo número 961-1980 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 23167 el 30 de junio de 1980.


Por su importancia transcribimos parte de un auto acordado del Poder Judicial:


“En base a esa legislación internacional la Corte Suprema de Justicia emitió un Auto Acordado en el año 2007, donde señala que:


POR TANTO:
La Corte Suprema de Justicia, en uso de las facultades de que está investida y con fundamentos en lo que dispone el artículo 83 de la Ley de Organización y Atribuciones de los Tribunales, emite el presente AUTO ACORDADO, disponiendo el siguiente:

PROTOCOLO SOBRE DESALOJOS


Artículo 1.- El presente protocolo tiene como objetivo adoptar las medidas judiciales para controlar los efectos negativos de los desalojos forzosos, tanto en la ciudad como en el campo, a fin de prevenir violaciones a una amplia gama de derechos humanos resultantes de la ejecución de los mismos.


Artículo 2.- El desalojo forzoso consiste en despojar a las personas de su hogar o de la tierra que ocupan, contra su voluntad y de un modo atribuible directa o indirectamente al Estado.


Esto implica la supresión efectiva de la posibilidad de que una persona o un grupo vivan en una casa, residencia o lugar determinados, y el traslado asistido (en el caso del reasentamiento) o no asistido (cuando no se trata de un reasentamiento) de las personas o grupos desalojados a otro lugar.


Artículo 3.-. Los desalojos forzosos no deben considerarse un efecto secundario del desarrollo o de la renovación urbana ni la consecuencia de un conflicto armado o un aspecto de la protección del medio ambiente o de la producción de energía, implican un drama humano que pone en peligro el patrimonio, desmantelando en minutos lo que una familia ha tardado meses, años y hasta decenios en construir.


Artículo 4.- Los jueces están obligados a velar porque:


I.- En cada acción de desalojo se hayan observado los procedimientos adecuados para:

a.- Garantizar que en cada acción de desalojo que el Estado de Honduras ha cumplido las disposiciones de las normas internacionales de derechos humanos.

b.-El Estado ha agotado todas las demás posibilidades que permitan evitar o

minimizar la necesidad de recurrir al uso de la fuerza”.

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